BOLETÍN JUDICIAL Nº 144 DEL 26 DE
JULIO DEL 2010
DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA DEL PODER
JUDICIAL
PRIMERA PUBLICACIÓN
El Consejo de
|
CONCURSO |
MATERIA Y
CATEGORÍA CARGOS DE |
ASIGNACIÓN DE FECHAS PARA EXÁMENES |
EXÁMENES PROGRAMADOS
A PARTIR DEL |
MODALIDAD DE EXAMEN |
LAS PERSONAS
DESCALIFICADAS DEL CONCURSO ANTERIOR (*) |
|
|
JUEZ Y JUEZA |
INICIO |
FIN |
||||
|
CJ-12-2010 |
GENÉRICO 1 |
04/10/2010 |
06/10/2010 |
15/11/2010 |
Oral |
|
|
CJ-13-2010 |
LABORAL 3 |
27/09/2010 |
29/09/2010 |
01/11/2010 |
Oral |
CJ-22-2008 Y CJ-16-2009 |
|
CJ-14-2010 |
CIVIL 3 |
08/09/2010 |
10/09/2010 |
04/10/2010 |
Oral |
CJ-14-2009 |
|
CJ-15-2010 |
PENAL 3 |
29/09/2010 |
01/10/2010 |
08/11/2010 |
Oral |
CJ-17-2008 CJ-04-2009 Y CJ-13-2009 |
|
CJ-16-2010 |
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO 3 |
13/09/2010 |
16/09/2010 |
11/10/2010 |
Oral |
CJ-23-2008, CJ-06-2009 Y CJ-17-2009 |
|
CJ-17-2010 |
PENAL JUVENIL 3 |
21/09/2010 |
23/09/2010 |
18/10/2010 |
Oral |
CJ-15-2009 |
|
CJ-18-2010 |
LABORAL 4 |
06/09/2010 |
08/09/2010 |
04/10/2010 |
Oral |
CJ-19-2009 |
|
CJ-19-2010 |
CIVIL 4 |
20/09/2010 |
22/09/2010 |
18/10/2010 |
Oral |
CJ-18-2009 |
|
CJ-20-2010 |
PENAL 4 |
06/09/2010 |
08/09/2010 |
11/10/2010 |
Oral |
CJ-16-2008 CJ-03-2009 Y CJ-12-2009 |
|
CJ-21-2010 |
FAMILIA 4 |
22/09/2010 |
24/09/2010 |
18/10/2010 |
Oral |
CJ-20-2009 |
|
CJ-22-2010 |
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO 4 |
08/09/2010 |
10/09/2010 |
04/10/2010 |
Oral |
CJ-26-2008 CJ-08-2009 CJ-21-2009 |
|
CJ-23-2010 |
CASACIÓN PENAL 5 |
22/09/2010 |
24/09/2010 |
08/11/2010 |
Oral |
CJ-09-2009 |
|
CJ-24-2010 |
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO 5 |
08/09/2010 |
10/09/2010 |
04/10/2010 |
Oral |
- |
(*) Las personas que resultaron DESCALIFICADAS en los concursos indicados en la columna 7, no podrán participar en éstos, según materia y
categoría, lo anterior de acuerdo con lo establecido en el artículo 75 de
REQUISITOS GENERALES:
ü Ser costarricense.
ü Bachiller de
secundaria (original y fotocopia del título).
ü Licenciatura
en Derecho (original y fotocopia del título).
ü Incorporado(a)
al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica (original y fotocopia del
documento de incorporación).
ü Declaración
jurada sobre incompatibilidad con el puesto (indispensable).
ü Presentar dos
fotografías tamaño pasaporte (indispensable).
ü Alguna
experiencia en supervisión de personal.
ü Cumplir lo
establecido por
ü Experiencia
en la tramitación y resolución de asuntos judiciales.
ü Es
indispensable que las personas que resulten elegibles en estos concursos y que
lleguen a ocupar cargos en
• Penal: Aprobar el Programa de Formación General Básica y
los cursos de oralidad.
• Familia y Pensiones Alimentarias:
Aprobar los cursos de oralidad, conciliación, gestión de despachos judiciales,
género y derechos humanos.
ü Además:
• Es obligatorio para todas las categorías de jueces y juezas:
Realizar los cursos en materia de equidad de género, accesibilidad, servicio
público de calidad, sistema de gestión,
hostigamiento sexual y acoso psicológico en el trabajo, mostrar dominio en
cuanto al empleo de paquetes informáticos básicos de oficina y de uso institucional.
• Las Personas de primer ingreso en
condición de elegibles: Mostrar dominio en cuanto al empleo del Sistema de
Depósitos y Pagos Judiciales (SDJ) y el de Gestión de Despachos Judiciales.
REQUISITOS ESPECÍFICOS:
Además de los requisitos
generales, los que establece el Manual de Clasificación y Valoración de
Puestos:
CONCURSO CJ-23-2010 de juez
y jueza 5 de Casación Penal
Haber ejercido la profesión durante diez años, salvo en los
casos en que se trate de funcionarios judiciales con práctica jurisdiccional no
menor de cinco años.
Tener al menos 35 años de edad.
CONCURSO CJ-24-2010 de juez
y jueza 5 Contencioso Administrativo
Si se es costarricense por naturalización, debe contar con
domicilio en el país con no menos de diez años, después de obtenida la carta
respectiva.
Haber ejercido la profesión durante diez
años, salvo en los casos en que se trate de funcionarios judiciales con
experiencia en la tramitación y resolución de asuntos jurisdiccionales,
preferiblemente en la materia contencioso administrativa.
Tener al menos 35 años de edad.
Conocimiento en el manejo de las técnicas
de oralidad.
I.—ACERCA DE
a) Inscripción electrónica: Es imprescindible que las personas
oferentes se inscriban mediante el FORMULARIO ELECTRÓNICO en la dirección www.poder-judicial.go.cr/personal/juecesyjuezas.htm
y para personal judicial: intranet/personal/juecesyjuezas.htm. Para ello,
es preciso completar todos los datos requeridos, de lo contrario la solicitud
será desestimada.
b) NO REMITA POR NINGÚN OTRO MEDIO DE
COMUNICACIÓN SU SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN, YA QUE AUTOMÁTICAMENTE QUEDA
INSCRITA(O) EN LÍNEA. Para estos efectos, se habilitan las 24 horas hasta la
fecha del cierre del concurso.
c) Quienes participen por primera, además de
inscribirse electrónicamente, deberán presentar en manuscrito el formulario “Oferta de Servicios” en
d) Con la excepción de la inscripción electrónica
que debe estar hecha el día que vencen los concursos, los atestados que se
requieran deben presentarse al cierre de éste, o a más tardar dentro de los
ocho días hábiles posteriores a la fecha de su vencimiento.
e) Para aquellas personas que actualmente no se
encuentran elegibles en
II.—DE
LOS COMPONENTES POR VALORAR Y DE
• Examen: Las personas aspirantes deberán rendir una prueba
ante el Tribunal Examinador, sobre la materia específica. La nota del examen se
multiplicará por el valor indicado: 75 para el grado I, categorías de
juez-jueza 1, 2 y 3; 70 para el grado II, categorías de juez-jueza 4 y 5; el
resultado se dividirá entre 100 para obtener el porcentaje correspondiente.
• Entrevista: A quienes tengan
posibilidad de quedar elegibles, se les realizará una entrevista con por lo
menos dos personas integrantes del Consejo de
• Experiencia profesional: Se califica
a partir de la fecha de incorporación al Colegio de Abogados de Costa Rica.
Si posee experiencia laboral
como profesional en Derecho externa al Poder Judicial, deberá aportar lo
siguiente:
ó Abogado(a) litigante: Declaración jurada, no
protocolizada, respecto de los periodos en que fungió como abogado(a) o
notario(a).
ó Empresa o
institución: Constancia emitida por esta, en la que especifique:
1. El o los puestos desempeñados.
2. Requisitos y especialidad del o de los puestos
profesionales.
3. La fecha de rige y vence de los períodos
laborados.
4. Si durante su permanencia solicitó o no
permisos sin goce de salario. En caso de que los haya disfrutado, señalar el
período.
5. El motivo de salida.
6. Si hubo o no pago de prestaciones y si
existió, de conformidad con qué ley.
En concordancia con lo
establecido en el artículo 38 del Reglamento de Carrera Judicial, a quienes ya cuenten con elegibilidad y que
participen en un concurso de una misma categoría y materia, se les considerará
la experiencia ya acreditada, sin variar la fecha establecida conforme al
numeral anterior. Se podrá computar nueva experiencia únicamente si ya ha
superado el plazo de dos años desde el anterior corte.
• Promedio académico: Para promediar este componente, debe
aportar la certificación de notas de la carrera universitaria.
• Publicaciones: La guía para la
calificación de las personas participantes en
• Docencia: Debe presentar constancia
en papel membretado, emitida por la universidad en la cual fue docente,
especificando el nombre del curso, el cuatrimestre y el año en el cual se
impartió. Y como capacitador o capacitadora, constancia de
• Posgrado: Se reconocerán 2 puntos por
la especialidad o por haber aprobado el Programa de Formación General Básica
para jueces y juezas; 3 puntos por la maestría y 5 puntos por el doctorado. En
el entendido de que no es acumulativo, el tope máximo es de 5 puntos para este
rubro.
• Capacitación recibida: Los
certificados de capacitación se reconocerán en Carrera Judicial, siempre que
contengan la cantidad de horas requeridas, sean impartidos por alguna institución
de renombre, atinentes a la disciplina del Derecho y realizados en fecha
posterior a la incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.
• Evaluaciones médicas, de trabajo social y psicológicas: A quienes tengan posibilidad
de quedar elegibles, se les realizarán evaluaciones médicas, de trabajo social
y psicológicas, cuyos resultados serán parte integral del proceso de selección.
La información derivada de su participación en este concurso, será utilizada
por los órganos decisorios.
• Promedio final de elegibilidad: Este
se hará en un mismo momento a todas las personas participantes de un mismo
concurso, por cuanto consta de un procedimiento único, con fases de
cumplimiento iguales para todos y todas. Aplica para quienes ya cuentan con un
promedio de elegibilidad.
Si el promedio final es
inferior a 70 no procederá, a futuro, la modificación del promedio obtenido
mediante la recalificación de los distintos factores. Lo anterior según lo
dispuesto por el Consejo de
• Convalidación: Procede a solicitud de
parte una vez que se haya dictado el acto final del concurso en el cual está
participando, hacia la categoría inferior en la misma materia, y únicamente
para las personas que obtuvieron promedio de 70 o superior. Aplica para quienes
ya cuentan con un promedio de elegibilidad.
III.—DE
LAS NOTIFICACIONES
1. Para todos los efectos,
2. En caso de no señalar dirección electrónico
para notificaciones, o indicarla incorrectamente y de no encontrarse éste en
óptimas condiciones al momento de efectuar la comunicación, se exime de toda
responsabilidad a
IV.—DE
• Asignación de fechas para examen: Se efectuará de manera
aleatoria por un periodo de tres días, de acuerdo con las columnas 3 y 4 del
cuadro que se indica al inicio de este cartel. Deben confirmar la asistencia a
dicha prueba al correo electrónico carrera-jud@poder-judicial.go.cr de
• Una vez recibida la confirmación en las
fechas señaladas, se le asignará el lugar, la fecha y la hora específica a cada
una de las personas para la realización de la prueba, según corresponda, al
correo electrónico señalado en la inscripción electrónica del concurso.
• De la sanción: En concordancia con lo
establecido en el artículo 75 de
Asimismo, todas las personas
que se inscriban en el concurso y no retiren la fecha para realizar el
examen, o habiéndola solicitado no se presenten al examen, serán
descalificadas de forma inmediata en este acto, por lo que no podrán participar
en el concurso siguiente.
Quienes obtengan en el examen
específico nota superior al 70, pero si sumados todos los componentes
evaluables no logran alcanzar en el concurso un promedio final igual o
superior al 70, no quedarán elegibles; por lo tanto, se les aplicará la sanción
estipulada en el numeral 75 de
• Exclusión: Una vez asignada la fecha
del examen específico no se aceptará ninguna solicitud de exclusión del
concurso, excepto en casos muy calificados en los que corresponderá al Consejo
de
• Reprogramación: La reprogramación de
examen específico sólo se podrá solicitar en los cinco días hábiles posteriores
a la fecha asignada y únicamente procede en casos muy calificados y debidamente
justificados mediante documentos que acrediten su gestión ante el Tribunal
Examinador. En el caso de incapacidades, las mismas deben ser emitidas por
Salvo en casos emergentes,
que serán valorados por el Tribunal Examinador, no se aceptarán solicitudes
de reprogramación por asuntos de trabajo.
En los casos en que ya se
hubiera cambiado la cita inicial, salvo motivos de fuerza mayor, que serán
valorados por el Consejo de
- 0 -
INFORMACIÓN GENERAL
Por ser éste un servicio que
requiere atención permanente, todos los días y horas, es inherente al puesto el
trabajo en diferentes turnos, en fines de semana, feriados y asuetos, tener
vacaciones en períodos diferentes a la generalidad del personal, trabajar horas
extraordinarias y estar sujeto a disponibilidad; además, no se pagará servicio
de transporte ni de taxi con recursos del Poder Judicial, de las 22:00 horas a
las 5:00 horas del día siguiente y el cargo no apareja derecho a
estacionamiento o parqueo.
Las plazas de juez(a) supernumerario(a) y juez(a)
conciliador(a), pueden ser ubicadas en jornada vespertina o en cualquier parte
del país, a fin de atender las necesidades donde el servicio público lo
requiera.
Cualquier nombramiento interino estará condicionado
a que regrese la persona titular del cargo, o bien, a la confección de una
terna, según lo solicite el órgano competente.
- 0 -
Consultas a los teléfonos
2295-3918 / 2295-3781, o al correo electrónico carrera-jud@poder-judicial.go.cr
ESTOS CONCURSOS VENCEN EL
13
DE AGOSTO DEL 2010
PARA TRÁMITE PERSONAL HASTA LAS 4:30 P. M.
Y
PARA
SE
HABILITAN LAS 24 HORAS DE
San José, 02 de julio del
2010.
MBA.
Francisco Arroyo Meléndez
Jefe
C-Exonerado.—(IN2010056328).
TERCERA PUBLICACIÓN
Asunto: Acción de inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE
HACE SABER:
De acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 81 de
San José, 2 de julio del
2010.
Gerardo
Madriz Piedra,
Exonerado.—(56833) Secretario
SEGUNDA PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 81 de
San José, 29 de junio del
2010.
Gerardo
Madriz Piedra
Exonerado.—(IN2010056831) Secretario
HACE SABER:
Que en el proceso disciplinario
notarial N° 09-000598-627-NO, de Departamento Civil
del Tribunal Supremo de Elecciones contra el notario Francisco González
Morales, este Juzgado mediante resolución número 401-JR-2010 de las nueve horas
cuarenta y cinco minutos del veintiuno de mayo del dos mil diez, dispuso
imponerle al citado notario Francisco González Morales (cédula de identidad
1-760-084) la corrección disciplinaria de dos meses de suspensión en el
ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo
161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín
Judicial.
San José, diez de junio del
dos mil diez.
Lic.
José Daniel Durán Artavia
1 vez.—(IN2010057742) Juez
Que en el proceso disciplinario
notarial N° 06-000618-627-NO, de Registro Civil
contra el notario Gerardo Velasco Avendaño, este Juzgado mediante resolución
número 320-JR-2010 de las trece horas trece minutos del veintiséis de abril del
dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Gerardo Velasco Avendaño
(cédula de identidad 1-351-919) la corrección disciplinaria de un mes de
suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al
amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su
publicación en el Boletín Judicial.
San José, diez de junio del
dos mil diez.
Lic.
José Daniel Durán Artavia
1 vez.—(IN2010057743). Juez
Que en el Proceso
Disciplinario Notarial Nº 07-001413-0627-NO, de Registro Civil contra Lorena
María Fernández Quesada (cédula de identidad 1-707-901), este Juzgado mediante
resolución Nº 0253-2010, de las once horas catorce minutos del veinticinco de
marzo del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario la corrección
disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial.
Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, siete de junio del
dos mil diez.
Lic.
José Daniel Durán Artavia,
1 vez.—(IN2010057744). Juez
Que en el Proceso Disciplinario
Notarial Nº 007-000753-0627-NO, de Registro Civil contra Marco Vinicio Campos,
(cédula de identidad 2-0539-0077), este Juzgado mediante resolución Nº
184-2010, de las quince horas cuarenta y un minutos del nueve de marzo del dos
mil diez, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de
dos meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días
naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, siete de junio del
dos mil diez.
Lic.
José Daniel Durán Artavia
1 vez.—(IN2010057746). Juez
Que en el Proceso
Disciplinario Notarial Nº 07-001193-0627-NO, de Registro Civil contra Rodolfo
Arroyo Porras, (cédula de identidad 02-0274-0123), este Juzgado mediante
resolución Nº 0228-2010, de las dieciséis horas catorce minutos del diecinueve
de marzo del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario la corrección
disciplinaria de tres meses de suspensión en el ejercicio de la función
notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín
Judicial.
San José, siete de junio del
dos mil diez.
Lic.
José Daniel Durán Artavia
1 vez.—(IN2010057748). Juez
Que en el proceso
disciplinario notarial N° 08-000443-0627-NO, de
Registro Civil contra Aída Gabriela Araya Cascante, (cédula de identidad
1-672-844), este Juzgado mediante resolución Nº 0098-2010, de las dieciséis
horas dieciséis minutos del doce de febrero del dos mil diez, dispuso imponerle
al citado notario la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el
ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su
publicación en el Boletín Judicial.
San José, 7 de junio del
2010.
Lic. José Daniel
Durán Artavia,
1 vez.—(IN2010057749). Juez
Que en el proceso disciplinario
notarial N° 07-001233-0627-NO, de Archivo Notarial
contra Nayudell Murillo Chavarría (cédula de
identidad 1-706-371), este Juzgado mediante resolución Nº 0072-2010, de las
dieciséis horas siete minutos del cuatro de febrero del dos mil diez, dispuso
imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión
en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su
publicación en el Boletín Judicial.
San José, 7 de junio del
2010
Lic. José Daniel
Durán Artavia,
1 vez.—(IN2010057751). Juez
Que en el proceso
disciplinario notarial N° 08-000213-0627-NO, de
Registro Civil contra Lic. Hasel Víquez
Alvarado (cédula de identidad 1-0905-0317), este Juzgado mediante resolución N° 00147-2010 de las siete horas cuarenta y cinco minutos
del veintiséis de febrero del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario
la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la
función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín
Judicial.
San José, 13 de mayo del
2010.
Lic. José Daniel
Durán Artavia,
1 vez.—(IN2010057752).
Juez
Que en el proceso
disciplinario notarial Nº 01-000879-627-NO, de José Arguedas Durán contra Luis Chaverri Rivera, cédula de identidad Nº 1-0486-0696, este
Juzgado mediante resolución de las diez horas treinta minutos del diez de junio
del dos mil diez, dispuso levantarle al citado notario la corrección
disciplinaria un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial a
partir del siete de junio del dos mil diez.
San José, 10 de junio del
2010.
Lic.
José Daniel Durán Artavia
1 vez.—(IN2010057754) Juez
Que en el proceso
disciplinario notarial Nº 04-000409-627-NO, de Rafael Ángel Víquez
Trigueros contra Belisario Pérez Jiménez, cédula de identidad Nº 6-0130-0726,
este Juzgado mediante resolución Nº 00298-09 de las once horas quince minutos
del veintitrés de marzo del dos mil nueve, modificado mediante Voto Nº 205-2009
del Tribunal de Notariado de las nueve horas treinta minutos del doce de noviembre
del dos mil nueve, dispuso imponerle al citado notario la corrección
disciplinaria de un año de suspensión en el ejercicio de la función notarial.
Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 9 de junio del 2010.
Lic.
José Daniel Durán Artavia
1 vez.—(IN2010057755) Juez
A Sarita Castillo Saborío, mayor, notaria pública, cédula de identidad Nº
1-805-128, de demás calidades ignoradas, que en proceso disciplinario notarial
Nº 04-001267-627-NO, establecido en su contra por Ramal Blanco S. A., se dictó
la resolución Nº 354-2010 de las ocho horas treinta minutos del cuatro de mayo
del dos mil diez, se dispuso imponerle a la notaria pública Sarita Castillo Saborío, cédula de identidad Nº 1-805-128, la corrección
disciplinaria de dos meses de suspensión en el ejercicio de la función
notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín
Judicial.
San José, 11 de junio del
2010.
Lic.
José Daniel Durán Artavia
1 vez.—(IN2010057756) Juez
Que en proceso disciplinario
Nº 08-000141-0627-NO, establecido por Registro Público de
San José, 25 de mayo del
2010.
Lic.
José Daniel Durán Artavia
1 vez.—(IN2010057757) Juez
Que en proceso disciplinario
Nº 07-001331-0627-NO, establecido por José Francisco Pérez Brenes contra el
notario público Luis Fernando Chaverri Rivera, cédula
de identidad Nº 1-486-696, este Juzgado mediante resolución de las 09:00 horas
del 27 de mayo del 2010, dispuso aclarar los oficios de fecha 29 de enero del
2010, y la publicación del edicto Nº 40 del 26 de febrero del 2010, en el
sentido de que, la suspensión permanecerá vigente hasta que cumpla con la
inscripción.
San José, 25 de mayo del
2010.
Lic.
José Daniel Durán Artavia
1 vez.—(IN2010057758) Juez
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales de la fallecida María del Carmen Valverde Ureña, cédula de identidad número 1-0217-0184, quien fue mayor y laboró para el Inf Faval del Sur S. A.; vecina de Desamparados y falleció el veinticinco de julio del año dos mil seis; se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 10-300096-0217-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 25 de junio del 2010.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2010058448).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Ángel Conejo
Cascante, cédula Nº 7-176-603, fallecido el 27 de mayo del año 2010, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número
10-000055-1025-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº
10-000055-1025-LA. Luis Ángel Conejo Cascante a favor de Carmen Cascante Arias.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ronny Abarca Arias,
fallecido el 10 de abril del año 2009, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias
devolución de ahorro obligatorio, bajo el Nº 10-000071-1025-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código
de Trabajo. Expediente N° 10-000071-1025-LA. Ronny
Abarca Arias.— Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y
ahorro de trabajador fallecido de quien en vida se llamó Guadalupe Guevara
Medina, mayor, costarricense, casado una vez, de sesenta y dos años de edad,
peón agrícola en Técnicas Agrícolas Sebastopol S. A., cédula de identidad N° 5-0121-0405, vecino de Río Jiménez de Guácimo, cien
metros norte y cien metros oeste, de
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y
ahorro de la trabajadora fallecida de quien en vida se llamó Yendry Gabriela Pérez Vega, mayor, costarricense, casada una
vez, educadora, cédula de identidad N° 7-0120-0957,
con dos hijos, vecina de Guácimo, contiguo al Colegio Nocturno, en los
apartamentos de color blanco, a la par de
Se cita y emplaza a los causahabientes de Teresa Chaves González, quien fue mayor, viuda, pensionada, cédula dos-ciento ochenta-trescientos cuarenta y nueve, vecina de San Sebastián, quien falleció el tres de enero del dos mil diez, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en estas diligencias de devolución de cuotas de la fallecida, a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren se le entregará a quien corresponda conforme al artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Exp. N° 10-300001-0250-LA-2 (l-A-10).—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Sebastián, 30 de junio del 2010.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—(IN2010058564).
Se emplaza a todos los interesados en la diligencia del Cobro del Fondo de Capitalización Laboral y de Prestaciones del trabajador fallecido Marco Tulio Morales Calderón, quien fue mayor, costarricense, con cédula de identidad número 1-417-678, y vecino de Puntarenas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen al proceso Consignación de prestaciones N° 10-300229-1024-LA a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, el dinero pasará a quien corresponda. Expediente N° 10-300229-1024-LA (1).—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Puntarenas, a las ocho horas del siete de julio del dos mil diez.—Lic. Pedro Ferrán Reina, Juez.—1 vez.—(IN2010058565).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Auxiliadora Pastrano Larios, fallecida el trece de abril del dos mil diez; y quien en vida portó la cédula de identidad Nº 2-0696-0577, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 10-000397-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 10-000397-1022-LA. María Auxiliadora Pastrano Larios a favor de Madalyn Arley Muñoz Pastrano.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de julio del año 2010.—Lic. Kattia Alfaro Martínez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010059987).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales; a las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del año dos mil diez, y con la base de ciento cincuenta mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 316223-000 la cual es terreno potrero charrales. Situada en el distrito 03 Jesús, cantón 11 Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Rafael Ángel Fonseca Méndez; al sur, José Ángel Delgado Jiménez; al este, río sin nombre, y al oeste, camino público con un frente a el de setecientos noventa y nueve metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Mide: cuatrocientos noventa y cinco mil setecientos noventa y nueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del año dos mil diez, con la base de ciento doce mil quinientos dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil diez con la base de treinta y siete mil quinientos dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Plataforma Internacional Real S. A., contra Metoya del Nuevo Milenio S. A. Expediente Nº 09-022699-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 07 de enero del 2010.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2010059430).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del dieciocho de agosto del año dos mil diez, y con la base de ciento cincuenta mil dólares exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 0035584-000 la cual es naturaleza finca filial primaria individualizada siete para construir y se destinara para uso habitacional. Situada en el distrito 0A Platanilla, cantón 11 Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Inmobiliaria Hermanos Solano Garita Sociedad Anónima; al sur, calle común con ocho metros de frente; al este, lote ocho, y al oeste, lote seis. Mide: ciento ochenta y un metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del dos de setiembre del año dos mil diez, con la base de ciento doce mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil diez con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Plataforma Internacional Real S. A., contra Condominio Agapantos Lote Treinta y Cinco-Seiscientos Veintitrés BCMO S. A. Expediente Nº 09-022698-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 07 de enero del 2010.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2010059432).
En la
puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada a las citas 0402-00004583-01-0902-001; a las
nueve horas cuarenta y cinco minutos del doce de agosto del año dos mil diez, y
con la base de cinco mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuatro mil seiscientos
cuatro-cero cero cero, la cual es terreno de caña.
Situada en el distrito primero San Isidro del General, cantón decimonoveno
Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública
con cincuenta y cinco metros, veinte centímetros de frente; al sur, Rodrigo
Araya Angulo; al este, Walter Vargas Chinchilla, y al oeste, Elsa Vargas
Chinchilla. Mide: seis mil setecientos noventa metros con veintiún decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas del dos de
setiembre del año dos mil diez, con la base de tres mil setecientos cincuenta
dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas treinta minutos del veintitrés de setiembre del año dos
mil diez con la base de mil doscientos cincuenta dólares (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Mario Jiménez Villalobos contra Wálter
Vargas Chinchilla. Expediente Nº 10-100225-0188-CI.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando condiciones y prohibiciones al tomo trescientos cincuenta y uno, asiento mil doscientos noventa y tres, remataré la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, sistema de Folio Real matrícula número trescientos veintinueve mil setecientos nueve A cero cero cero; que es terreno para la agricultura, situado en distrito quinto San Pedro, cantón diecinueve de la provincia de San José. Lindantes: norte, José Henrich Boon; sur, Fernelly Valverde; este, Lote de Azarías Meza Solís, y al oeste, camino público. Mide: catorce mil trescientos veintitrés metros sesenta y tres decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a Agripino Altamirano Sánchez. Para el primer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del doce de agosto del año dos mil diez con la base de diez mil dólares. Para el segundo remate se señalan las quince horas del dos de setiembre del año dos mil diez con la base de siete mil quinientos dólares; y para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del veintitrés de setiembre del año dos mil diez con la base de dos mil quinientos dólares. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 09-100854-0188-CI (Interno 911-09-R1) de Róger Piedra Piedra contra Agripino Altamirano Sánchez.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 11 de mayo del 2010.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—RP2010185302.—(IN2010059486).
A las nueve horas quince minutos del diecinueve de agosto de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas: 0311-00004662-01-0901-001; y con la base de once millones de colones, remataré: la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula número 353.248-001 y 002, y que se describe así: Terreno de cultivos, sito Cutris distrito once de San Carlos, cantón décimo de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Vásquez & Bendaña S. A.; sur, calle pública con 130,43 metros de frente y Rovi de San Carlos S. A.; este, Ramón Fernández Artavia y lote 8 B y Vásquez & Bendaña S. A., y al oeste, Rovi de San Carlos S. A. y Maderas Ecológicas Madeco S. A. Mide: once mil nueve metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de dos millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones, se señalan las: nueve horas quince minutos del dos de setiembre de dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ochocientos veinticinco mil colones, se señalan las nueve horas quince minutos del diecisiete de setiembre de dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente número 10-100386-0297-CI que es ejecución hipotecaria de Ricardo Arrieta Rodríguez contra Arbolitos de Oro S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 04 de junio de 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2010185406.—(IN2010059487).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil diez, y con la base de cinco millones novecientos setenta y ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 438105, marca Hyundai, año 2002, Vin KMHNM81WP2U015958, cilindrada 2500 c.c., color dorado, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de cuatro millones cuatrocientos ochenta y tres mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez con la base de un millón cuatrocientos noventa y cuatro mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gerardo Sequeira Calvo contra The Kennrob Land Sociedad Anónima representada por Kendall Francis Avendaño. Expediente Nº 10-000844-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 11 de mayo del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2010185491.—(IN2010059488).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia penal expediente 09-000152-0622-PE; a las ocho horas del veintisiete de setiembre del año dos mil diez, y con la base diez mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo matricula 813359 marca Hummer categoría automóvil cilindrada 3500 c.c. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del doce de octubre del año dos mil diez, con la base de siete mil quinientos dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del veintiocho de octubre del año dos mil diez con la base de dos mil quinientos dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gerardo Sequeira Calvo contra Transacciones Agomenazay R J K Sociedad Anónima. Expediente Nº 10-001078-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 09 de junio del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2010185492.—(IN2010059489).
En la
puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve
horas y treinta minutos del siete de setiembre de dos mil diez, y con la base
de veintitrés millones seiscientos ochenta y cinco mil ciento treinta y cinco
colones con cincuenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número siete siete nueve cinco tres-cero cero cero,
la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito sexto Dulce Nombre,
cantón tercero
En la
puerta exterior de este despacho; soportando limitaciones de
A las nueve horas del dieciséis de agosto del dos mil diez, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cuarenta millones de colones, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Cartago, matrícula Folio Real número ciento ochenta mil doscientos noventa y cinco-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa de habitación, lote cuarenta y seis V, sito en distrito quinto San Francisco del cantón primero de la provincia de Cartago. Linda: al norte, con lote cuarenta y siete; al sur, con lote cuarenta y cinco; al este, con Junta de Protección Social de San José; y oeste, calle pública con siete metros. Mide: ciento veinticuatro metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del treinta y uno de agosto del dos mil diez, con la base de treinta millones de colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del catorce de setiembre del dos mil diez, con la base de diez millones de colones (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 10-100061-642-CI-3 de Banco Nacional de Costa Rica contra Isidro Jesús Castro Chinchilla.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—(IN2010059583).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, y al ser las trece horas y treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil diez, y con la base de veinticinco mil dólares moneda de curso legal de los EEUU, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y dos mil ciento treinta y tres-triple cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03, Sardinal, cantón 05, Carrillo de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Irmina Moraga; al sur, Juan Carlos Pizarro Moraga; al este, Juan Carlos Pizarro Moraga; y al oeste, calle pública con un frente de 20 metros. Mide: mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del nueve de setiembre del dos mil diez, con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta dólares moneda de curso legal de los EEUU (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil diez con la base de seis mil doscientos cincuenta dólares moneda de curso legal de los EEUU (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Guzmán & Castro Sociedad Anónima contra Deisy Viviana Villa Reyes. Expediente Nº 10-000240-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de marzo del 2010.—Lic. Nancy Marín Monge, Jueza.—(IN2010059614).
A las
trece horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil diez, en la
puerta de este Juzgado en el mejor postor. 1) Libre de gravámenes hipotecarios
pero soportando reservas y restricciones inscritas al tomo trescientos
cincuenta y uno, asiento cuatro mil cuatrocientos sesenta y dos, consecutivo
cero uno, secuencia ochocientos cincuenta y ocho, subsecuencia cero cero uno, y con la base de tres millones trescientos quince
mil ciento veinte colones veintisiete céntimos, remataré, la finca inscrita en
el Registro Público de
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando boleta de infracción 2007295537 sumaria 08-000274-0494-TR; a las nueve horas del veintisiete de agosto de dos mil diez, y con la base de dos millones quinientos veinte mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 292907 marca Isuzu, estilo Trooper LS, año 1992. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de setiembre de dos mil diez, con la base de un millón ochocientos noventa mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos mil diez con la base de seiscientos treinta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Norman Vargas Barrantes contra Ricardo Barrantes Chacón. Expediente Nº 04-001314-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 01 de julio del 2010.—Magda Díaz Bolaños, Jueza.—(IN2010059842).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre de acueducto y de paso de AyA, citas: 0567-00087905-01-0001-001 y servidumbre de alcantarillado sanitario; a las nueve horas y cero minutos del tres de noviembre de dos mil diez, y con la base de trescientos mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 548229-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Carmen, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Sociedad León Soto Limitada, Diana Morales Valenzuela, Propiedades de Jiménez Quirós S. A., Lufran S. A., Mariana Cavaría González, Empresa Agrícola San José S. A., y Flor de María Calvo Rey, todos en parte; al este, calle pública, Rodolfo Berrenechea Bolandi y Misión Bautista de Costa Rica, y al oeste, calle pública, Sociedad León Soto Limitada, Diana Morales Valenzuela y Carmen García Carazo. Mide: diez mil doscientos setenta y cinco metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de noviembre de dos mil diez, con la base de doscientos veinticinco mil dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de diciembre de dos mil diez con la base de setenta y cinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sarria S. A., contra CLF-CRC Latin America S. A. Expediente Nº 10-006065-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de mayo del 2010.—Lic. Jéssica Vargas Barboza, Jueza.—RP2010185632.—(IN2010059885).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas treinta minutos del veintisiete de agosto del dos mil diez, y con la base de cuarenta y dos millones setecientos cuarenta y nueve mil ciento setenta y tres colones con quince céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 165163-000 la cual es terreno para construir con un galerón. Situada en el distrito primero Nicoya, cantón segundo Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Joaquín Bermúdez Angulo; al sur, resto del taller mecánico Lince Sociedad Anónima con servidumbre de paso en medio de seis metros; al este, calle pública con un frente de veinte metros, y al oeste, Willy Rogelio Bermúdez Angulo. Mide: seiscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas treinta minutos del diez de setiembre del dos mil diez, con la base de treinta y dos millones sesenta y un mil ochocientos setenta y nueve colones con ochenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas treinta minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil diez con la base de diez millones seiscientos ochenta y siete mil doscientos noventa y tres colones con veintiocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Willy Rogelio Bermúdez Angulo. Expediente Nº 10-000166-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 27 de junio del 2010.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—RP2010185651.—(IN2010059886).
A las ocho horas quince minutos del treinta de setiembre de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas 0329-00016231-01-0901-001, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la actora, sea la base de diez millones de colones, remataré: Finca inscrita en Propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula número 298.002-000, que es terreno para construir con tres apartamentos sito en Pocosol de San Carlos, distrito trece del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Yetty Segura Granados; al sur, Lidieth Barrantes Murillo; al este, Ramírez y Ugalde S. A., y al oeste, calle pública. Mide: trescientos treinta metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de siete millones quinientos mil colones, se señalan las: ocho horas quince minutos del quince de octubre de dos mil diez. Para el tercer remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de dos millones quinientos mil colones, se señalan las: ocho horas quince minutos del veintinueve de octubre de dos mil diez. Se remata por ordenarse así en Expediente Nº 10-100553-297-CI ejecución hipotecaria de Inversiones El Alce Ramonense JMA S. A., contra Soryn Mauricio Méndez Castro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 08 de julio del 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2010185656.—(IN2010059887).
En la
puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
catorce horas del primero de setiembre del dos mil diez, en el mejor postor
remataré lo siguiente: I) Con la base de catorce millones trescientos cincuenta
mil colones, Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 39180-000 la cual
es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito
quinto, cantón segundo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Blanca
Abarca Arias; al sur, calle pública con veintidós metros; al este, Omar Barboza y Edwin Arce, y al oeste, calle pública con treinta
y uno punto cuarenta y nueve metros. Mide: mil doscientos sesenta metros con
treinta decímetros cuadrados. II) Con la base de seis millones ciento cincuenta
mil colones, la finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 53715-000
la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito tercero,
cantón segundo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Carmen Acevedo Acevedo; al sur, calle pública con once punto treinta y
tres metros; al este, Edwin Arce Ulate, y al oeste,
Carmen Acevedo Acevedo. Mide: doscientos setenta
metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas del diecisiete de setiembre del dos mil diez, con la
base de diez millones setecientos sesenta y dos mil quinientos colones para la
finca 39180-000 y la base de cuatro millones seiscientos doce mil quinientos
colones por la finca 53715-000 (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las catorce horas del cuatro de octubre del dos
mil diez con la base de tres millones quinientos ochenta y siete mil quinientos
colones por la finca 39180-000 y la base de un millón quinientos treinta y
siete mil quinientos colones por la finca 53715-000 (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamo contra César Augusto Rueda Salazar. Expediente Nº 10-000192-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 0336-00009027-01-0907-001; a las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil diez, y con la base de setenta millones trescientos veinte mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 181375-000 la cual es terreno lote cinco A para construir. Situada en el distrito 09 Dulce Nombre, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Somugo S. A.; al sur, calle pública con 7 metros; al este, lote cuatro, y al oeste, lote seis. Mide: ciento cuarenta y un metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del once de octubre de dos mil diez, con la base de cincuenta y dos millones setecientos cuarenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil diez con la base de diecisiete millones quinientos ochenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Juan Rafael Segura Sáenz y Luis E. Segura Valladares contra Luis Esteban González Garita. Expediente Nº 10-001234-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 28 de junio del 2010.—RP2010185758.—(IN2010059889).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada, a las diez horas treinta minutos del
veintisiete de agosto del dos mil diez, y con la base de cuatro millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y un mil ciento noventa y
dos-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno
lote 114-I, terreno con una casa. Situada en el distrito San Felipe, cantón
Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al
sur, lote 107; al este, Invu; y al oeste, lote 112.
Mide: ciento cuatro metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el
segundo remate, se señalan las diez horas quince minutos del dieciséis de
setiembre del dos mil diez, con la base de tres millones de colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan
las diez horas del cinco de octubre del dos mil diez, con la base de un millón
de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo,
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Propiedades de
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas del primero de setiembre del dos mil diez, y con la base de ochenta y cinco millones doscientos nueve mil novecientos ochenta y tres colones con noventa y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 454845-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Isidro, cantón Coronado, de la provincia de San José. Colinda al norte, lote 8 de Xinia Morera Araya; al sur, lote 7 Virginia Araya Chaves; al este, calle pública con 11.4 metros de frente y al oeste Corporación de Witta S. A. Mide: doscientos setenta y cuatro metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del diecisiete de setiembre del dos mil diez, con la base de sesenta y tres millones novecientos siete mil cuatrocientos ochenta y siete colones con noventa y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del cuatro de octubre del dos mil diez, con la base de veintiún millones trescientos dos mil cuatrocientos noventa y seis colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Gerardo Rodríguez Pérez. Expediente número: 09-006486-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 19 de julio del 2010.—Lic. Andrea Latiff Brenes, Jueza.—(IN2010060190).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas del nueve de agosto del año dos mil diez, y con la base de cincuenta y dos mil doscientos treinta y cuatro dólares con sesenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 733531, marca Subarú, año 2008, Vin 4S4WX99DX84411227, cilindrada 3600 c.c., color azul, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las quince horas del veinticuatro de agosto del año dos mil diez, con la base de treinta y nueve mil ciento setenta y seis dólares con un centavo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas del ocho de setiembre del año dos mil diez con la base de trece mil cincuenta y ocho dólares con sesenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Juan Acuña Elizondo. Expediente Nº 10-000409-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 19 de mayo del 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—(IN2010060349).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando 2 servidumbres trasladadas; a las once horas y treinta minutos del nueve de agosto de dos mil diez, y con la base de doscientos cinco mil ochocientos cuarenta dólares con sesenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F00037370-000 la cual es terreno finca filial uno de dos plantas destinadas a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 03 Asunción, cantón 07 Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, acera y calle condominal; al sur, Cecilia Barrantes Araya y área común libre; al este, finca filial dos, y al oeste, área común libre. Mide: doscientos setenta y ocho metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil diez, con la base de ciento cincuenta y cuatro mil trescientos ochenta dólares con cuarenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del ocho de setiembre de dos mil diez con la base de cincuenta y un mil cuatrocientos sesenta dólares con dieciséis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco HSBC (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Manuel Enrique Morales Arias, Gibraltar del Norte Sociedad Anónima representada por Ileana Moreira Solano. Expediente Nº 10-000570-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 18 de mayo del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—(IN2010060350).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes, a las ocho horas y treinta minutos del nueve de agosto de dos mil diez, y con la base de cincuenta y ocho millones ochocientos cinco mil seiscientos dieciséis colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número siete mil quinientos sesenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno inculto. Situada en el distrito Guápiles, cantón segundo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con frente de diecinueve punto sesenta y seis metros; al sur, con Gloria Vargas Guerrero; al este, con Wilberth Vallecillo Matamoros, y al oeste, Manuel Vallecillo Matamoros. Mide: seiscientos setenta y seis metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil diez, con la base de cuarenta y cuatro millones ciento cuatro mil doscientos doce colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de setiembre de dos mil diez con la base de catorce millones setecientos un mil cuatrocientos cuatro colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Pococí contra Gisella Ortega Quirós. Expediente Nº 09-001194-0681-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Pococí, 24 de junio del 2010.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—(IN2010060388).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios a las ocho horas treinta minutos del diez de agosto de dos mil diez, y con la base de dos millones setecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número seiscientos treinta y nueve mil seiscientos cincuenta y ocho, marca Hyundai, estilo, Tiburón FX, año 1997, Vin KMHJG34FXVU065143, cilindrada 2000 c.c., color verde, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de agosto del año dos mil diez, con la base de dos millones veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del siete de noviembre del año dos mil diez con la base de seiscientos setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Francisco Barrantes Campos contra Juan Didier Chavarría Zúñiga. Expediente Nº 10-000074-0341-CI-1.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 14 de mayo del 2010.—Lic. Francisco Javier Bonilla Rojas, Juez.—(IN2010060403).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de
este despacho; soportando hipoteca en primer grado, citas
0563-00009144-01-0001-001 y plazo de convalidación; a las once horas y treinta
minutos del doce de agosto de dos mil diez, y con la base de cinco millones
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 00179917-000, la cual es terreno con una casa de
habitación. Situada en el distrito San Sebastián, cantón San José, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, calle pública con 08 metros 93 centímetros; al
sur, Luis Edgar Abarca; al este, Jorge Chin Wo Mata, y al oeste, Armando Arias
Villalobos. Mide: seiscientos un metros con diez decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintisiete de
agosto de dos mil diez, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las once horas y treinta minutos del trece de setiembre de
dos mil diez con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Nación GN S. A., contra Ismael Jiménez
Monge, Mayta JH S. A. Expediente Nº 09-009901-1044-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San
José, 16 de junio del 2010.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2010060214).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y cero minutos del diez de agosto de dos mil diez, y con la base de tres millones sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00380139-000 la cual es terreno para construir 7-B. Situada en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Junta de Educación de Hatillo; al este, Proyecto Once de Abril S. A., y al oeste, Proyecto Once de Abril S. A. Mide: noventa y cinco metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cero minutos del veinticinco de agosto de dos mil diez, con la base de dos millones doscientos noventa y cinco, mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cero minutos del nueve de setiembre de dos mil diez con la base de setecientos sesenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Bayardo Quintanilla Dávila contra Gerardo Antonio Castro Osullivan. Expediente Nº 10-001016-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 25 de junio del 2010.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—RP2010185870.—(IN2010060243).
En la
puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y al ser las
diez horas del once de agosto del año dos mil diez, y con la base de seis
millones novecientos noventa y cinco mil colones, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento un
mil doscientos veintinueve-triple cero, la cual es terreno inculto con una
casa. Situada en el distrito 02 San Diego, cantón 03
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios a las trece horas y treinta minutos del once de agosto del año dos mil diez, y con la base de un millón quinientos doce mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 552657, marca Hyundai, año 1994, Vin KMHVF21NPRU016116, cilindrada 1500 c.c., color rojo, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis de agosto del año dos mil diez, con la base de un millón ciento treinta y cuatro mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de setiembre del año dos mil diez con la base de trescientos setenta y ocho mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Luis Saúl Carrero Toledo. Expediente Nº 08-024468-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de junio del 2010.—Lic. Susana Murillo Alpízar, Jueza.—RP2010186009.—(IN2010060879).
En la
puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve
horas treinta minutos del once de agosto del dos mil diez, y con la base de tres
millones ochocientos noventa y nueve mil ciento cuarenta y seis colones con
tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 086705-000 la cual es terreno para construir Lote
L-23. Situada en el distrito primero Guápiles, cantón
segundo Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al
norte, Corliza S. A.; al sur, Corliza
S. A.; al este, calle pública con nueve metros de frente, y al oeste, Alcides
Granados Moya. Mide: doscientos cuatro metros con sesenta y un decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos
del treinta de agosto del dos mi diez, con la base de dos millones novecientos veinticuatro
mil trescientos cincuenta y nueve colones con cincuenta y dos céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil diez con
la base de novecientos setenta y cuatro mil setecientos ochenta y seis colones
con cincuenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios: a las once horas y treinta minutos del once de agosto del año dos mil diez, y con la base de cuatro millones cuatrocientos sesenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cuatro mil ciento uno-cero cero ocho, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cuatro San Antonio, cantón primero Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ericka y Alejandra Ávila Solís; al sur, Vilma Cecilia Ávila Rojas y Carolina Cortés Ávila; al este, Rafael Villalobos Venegas, y al oeste, servidumbre de paso. Mide: noventa y siete metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veinticinco de agosto del año dos mil diez, con la base de tres millones trescientos cuarenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y. para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del ocho de setiembre del año dos mil diez con la base de un millón ciento quince mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Juan de Dios Fernández Cordero contra Emilio Ávila Rojas. Expediente Nº 10-000509-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 abril del 2010.—Lic. Nancy Marín Monge, Jueza.—(IN2010060940).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios a las trece horas y treinta minutos del diez de agosto del año dos mil diez, y con la base de tres millones setecientos setenta y dos mil trescientos cuarenta y cuatro colones con cuarenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 323507, marca Mitsubishi, año 1995, Vin chasis JA4MR41H7SJ020062, cilindrada 3000 c.c, color negro, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticinco de agosto del año dos mil diez, con la base de dos millones ochocientos veintinueve mil doscientos cincuenta y ocho colones con treinta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del nueve de setiembre del año dos mil diez con la base de novecientos cuarenta y tres mil ochenta y seis colones con once céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales Veinsa S. A., contra Carlos Luis Araya Hernández. Expediente Nº 08-024760-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 22 de enero del 2010.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2010060973).
Se convoca a herederos,
legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de María Valverde
Navarro, quien fue mayor, casada una vez, de oficios del hogar, vecina de
Pueblo Nuevo de Cajón, Pérez Zeledón, cédula número 1-0212-0613 a fin de que
comparezcan a este despacho judicial a las trece horas treinta minutos del
diecinueve de agosto del año dos mil diez, a efectos de conocer los extremos
del artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 08-100418-0188-CI
interno 450-08-JB-3. Sucesorio de María Valverde Navarro.—Juzgado
Civil de Pérez Zeledón, 12 de mayo del 2010.—Lic. Jorge Barboza
Álvarez, Juez.—1 vez.—RP2010185830.—(IN2010060246).
Se emplaza a todos los que
tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Inmobiliaria
e Inversiones R & G Centroamérica Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-485498 representada por María Roxana Guerrero Falcon,
mayor, soltera, administradora de empresas, vecino de San José, cédula número
6-185-660, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de
Puntarenas, que es terreno charral sito en Tambor
distrito once Cóbano del cantón primero de la
provincia de Puntarenas. Linda al norte con: Rolbin
Gerardo Guerrero Naranjo, al sur con Ricardo Rodríguez Peraza, Benedicto
Guerrero Sánchez, Víctor Julio Charpentier Artavia,
Leonel Hernández Mesén al este, con río Pánica y
oeste, con Benedicto Guerrero Sánchez con una medida de diecinueve mil
trescientos sesenta y ocho metros con ochenta y siete decímetros cuadrados,
según plano catastrado número P-uno dos cero cinco ocho cuatro nueve-dos mil
ocho. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a
título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consencuencias de un juicio sucesorio, no hay codueños, ni
pesan cargas reales sobre el ni gravámenes sobre el. Lo adquirió por medio de
compra, el inmueble lo estima en la suma de cincuenta millones de colones.
Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá
hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de
la publicación de este edicto. Información posesoria N°
06-160141-642-AG-1 de Inmobiliaria e Inversiones R & G Centroamérica
Sociedad Anónima.—Juzgado Agrario Puntarenas.—Lic.
Xinia González Grajales, Jueza.—1
vez.—RP2010185149.—(IN2010059103).
Se
hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N°
10-000120-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Franklin Cabalceta Matarrita,
quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Santa Cruz, Guanacaste,
portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 05-0266-0738,
profesión contador, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de
Se
hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N°
10-000042-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Víctor Manuel Oconor Matarrita,
quien es mayor, estado civil divorciado una vez, vecino de Guanacaste, Nicoya,
Barrio San Martín de
Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por El Mono Escocés S. A. cédula jurídica 3-101-260838 representada por James Mc Kinven, mayor, divorciado, comerciante, vecino de Playa Blanca de Paquera, Puntarenas, pasaporte de Escocia número 702029854 para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno con tacotales y árboles frutales para construir sito en Playa Blanca de Paquera, distrito quinto Paquera del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con calle privada; al sur, con calle pública a playa Blanca; al este, con Rolando Núñez López; y al oeste, con calle pública hacia playa Naranjo con una medida de dos hectáreas seis mil ochocientos sesenta y ocho metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-197091-94. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay codueños, ni pesan cargas reales sobre el ni gravámenes sobre el. Lo adquirió por medio de cesión de derecho, el inmueble lo estima en la suma de quinientos mil colones Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria N° 07-101049-642-AG-1 de El Mono Escocés S. A.—Juzgado Agrario de Puntarenas.—Lic. Antonio Víctor Tobal, Juez.—1 vez.—(IN2010059837).
Se
hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N°
09-l00254-0197-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Federico González Núñez quien es mayor, estado civil casado, vecino de
San Pablo de Turrubares, portador de la cédula de
identidad vigente que exhibe número seis-ciento cincuenta y ocho-cuatrocientos
cuatro, profesión oficial de policía y María Isabel Arce Salazar, quien es
mayor, estado civil casada, vecina de San Pablo de Turrubares,
portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-quinientos
treinta y cuatro-cero cincuenta y uno, profesión ama de casa, a fin de
inscribir a sus nombres y ante el Registro Público de
Se
hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 08-001802-0640-CI
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Edgar
Eduardo Calderón Quirós, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Macho Gaff, San Isidro, El Guarco, Cartago, portador de la cédula
de identidad vigente que exhibe número 01-0880-0131, profesión comerciante, a
fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de
Se
hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N°
08-000965-0640-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Marco Tulio Gómez Calderón, quien es mayor, estado civil casado,
vecino de Paso Macho, San Isidro del Guarco, Cartago, portador de la cédula de.
identidad vigente que exhibe número 3-302-463,
profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de
Napoleón
Rodríguez Payán, mayor, casado una vez, agricultor,
cédula de identidad 7-066-0525, vecino de Paraíso de Bananito Sur de la
provincia de Limón, promueve diligencias de información posesoria para
inscribir en el registro respectivo el siguiente inmueble: terreno para
construir, situado en Bananito Norte, distrito cuatro de Matama,
cantón primero de la provincia de Limón. Mide: cuatrocientos treinta y siete
metros con diecisiete decímetros cuadrados, según plano catastrado
L-436632-1997. Linda: al norte, con Standart Fruit Company de Costa Rica; al
sur, con calle pública; al este, con Digna García Torrentes; y al oeste, con
Rafael Quesada Brenes. Fue estimado el inmueble en la suma de ochocientos
setenta y cuatro mil doscientos colones. No existen condueños, ni cargas
reales. Llámese a todos los interesados para que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de edicto, se apersonen a este despacho en
defensa de sus derechos. Información posesoria N°
09-160078-465-AG (A-l).—Juzgado Agrario del Primer
Circuito Judicial de
Se
hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N°
10-000233-0930-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Asociación de Desarrollo Integral de
Se
hace saber que al señor Emir Piedra Navarro, mayor, casado una vez,
constructor, vecino de San José, Desamparados, Frailes,
Se
hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N°
08-000448-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Carmen María Espinoza Rosales, quien es mayor, divorciada, estilista,
cédula de identidad numero 5-0136-01268, a fin de inscribir a su nombre y ante
el Registro Público de
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Orlando Juárez Juárez, cédula cinco-uno tres siete-cuatro cero dos, quien fue casado una vez, ganadero, vecino de San Vicente de Nicoya, de la escuela quinientos metros al este, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos a quienes crean tener las calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número: cinco-dos mil diez, de la notaría de Lic. Mario Gerardo Ulloa Aiza en Nicoya, Guanacaste costado norte de la iglesia católica nueve.—Nicoya, primero de julio del dos mil diez.—Lic. Mario Gerardo Ulloa Aiza, Notario.—1 vez.—(IN2010058452).
Se
emplaza, a herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se
llamó Daisy Villegas Salazar, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa,
vecina de Alajuela, El Brasil, con cédula de identidad número dos-cero uno seis
nueve-cero cinco cuatro ocho, para que dentro del plazo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta
Notaría en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren,
la herencia pasará a quien corresponda. Alajuela, del Banco Popular cien metros
al sur y veinticinco metros al este. Expediente 02-2010.—Lic.
Flory Yali De
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Fredesvinda Morales Salas, mayor, soltera, estilista, vecina de Condominio Monteflores, San Joaquín de Flores - Heredia, contiguo Mega Súper, casa número seis, portadora de la cédula de identidad número dos-ciento sesenta y siete-ochocientos quince, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 006-09 Notaría del Bufete Chacón & Sánchez.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2010058496).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jaime Luis Prieto Hernández, mayor, casado, militar, vecino de Estados Unidos Kansas City tres dos cero S cinco uno st Street, portador del pasaporte de su país cero uno cinco dos uno cinco ocho cero seis, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 001-10 Notaría del Bufete Chacón & Sánchez.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2010058497).
Mediante
acta de apertura otorgada ante esta notaría por Alicia Solano Álvarez, a las
quince horas del catorce del trece de
julio del dos mil diez y comprobado el fallecimiento, esta notaría
declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera María
Trinidad Chaverri Chaverri c.c. Juana Chaverri Mena. Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus
derechos. Notaría de
Mediante
acta de apertura otorgada ante esta notaría por Alicia Solano Álvarez, a las
catorce horas del catorce del trece de julio del dos mil diez, y comprobado el
fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario
de quien en vida fuera Jorge Vicente Solano Solano.
Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de
treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto
comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaria de
Karla Vanessa Brenes Siles, Notaria Pública de San José, hace saber que ante su notaría se tramita el proceso sucesorio notarial de quien en vida se llamó Arnulfo Vargas Bermúdez, cédula tres-uno ocho ocho-dos uno uno, bajo el Expediente 0002-2010. Que por este medio avisa a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos ante esta notaría, cuyas oficinas se ubican en San José, calles 17 y 19, avenida 10, Bufete N 1771. Se previene a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.—San José, a las catorce horas del ocho de julio del dos mil diez.—Karla Vanessa Brenes Siles, Notaria.—1 vez.—RP2010184660.—(IN2010058921).
Ante
mi notaría se han apersonado por medio de escrito con fecha del cinco de julio
del año dos mil diez, los suscritos, Consuelo Calderón Castro, viuda en
primeras nupcias, cédula número uno-doscientos ochenta y cinco-trescientos
noventa y dos, Luz Virginia Chaves Calderón, cédula
uno-cuatrocientos setenta y dos-ochocientos, Idalie Chaves Calderón, cédula uno-cuatrocientos noventa y
cuatro-ciento quince, Gerardo Chaves Calderón, cédula
uno-quinientos quince-novecientos cincuenta y dos, Juan Moisés de los Ángeles Chaves Calderón, cédula uno-quinientos cincuenta y
dos-quinientos cincuenta y tres. Rosa Lía Chaves
Calderón, cédula uno-setecientos noventa y cuatro-setecientos ochenta. Rosa de
Dolores Chaves Calderón, cédula uno-setecientos
noventa y cuatro-setecientos setenta y nueve. Francisco Abel de los Ángeles Chaves Calderón, cédula uno-quinientos noventa y
seis-cuatrocientos dieciocho. Marianita del Carmen Chaves
Calderón, cédula uno-ochocientos treinta y nueve-setecientos treinta y ocho.
Elpidio Isidro Chaves Calderón, cédula
uno-seiscientos treinta-cuatrocientos setenta y seis. José Miguel Chaves Calderón, cédula uno-ochocientos noventa y
nueve-ciento diecisiete. Alba María del Carmen Chaves
Calderón, cédula uno-seiscientos setenta y dos-setecientos trece. Óscar Emilio Chaves Calderón, cédula uno-novecientos cuarenta y
cinco-trescientos treinta y ocho. Olga Lis del Carmen Chaves
Calderón, cédula uno-setecientos tres-doscientos cincuenta y siete. Mauricio
Alberto Chaves Calderón, cédula uno-novecientos
ochenta y nueve-quinientos sesenta. Clara María de los Ángeles Chaves Calderón, cédula uno-setecientos cuarenta y
cinco-setecientos treinta y siete. Felipe Antonio Chaves
Calderón, cédula uno-mil cincuenta y ocho-novecientos dieciocho. Joaquín Hernaldo Chaves Calderón, cédula
uno-mil noventa y tres-novecientos treinta y nueve. Todos mayores de edad, las
mujeres del hogar, y los hombres agricultores, Rosalía, José Miguel Mauricio,
Felipe, Hernaldo, Óscar Emilio, son solteros el resto
casados una vez, y vecinos de Las Cenizas de Pérez Zeledón, ciento cincuenta
metros al sur del cementerio, las mujeres del hogar, y los hombres
agricultores, en calidad de únicos y universales herederos de quien en vida fue
Miguel Chaves Mora, quien fuera mayor de edad, casado
en primeras nupcias, agricultor, cédula uno-ciento ochenta y ocho-ochocientos
doce, vecino de
Se
hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien fuera
Amado Araya Calvo, viudo, agricultor, vecino de Ciudadela Blanco, San Isidro de
El General, cincuenta metros oeste del Abastecedor
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Sonia Sánchez Alvarado, quien fue mayor, casada, ama de casa, vecina de Montes de Oca, barrio San Rafael, Urbanización Andrómeda, casa ciento nueve, San José, con cédula de identidad número uno-tres siete siete-cinco cinco cero, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 2010-001. Notaría del bufete Vargas Duarte & Asociados.—Lic. Rita María Vargas Duarte, Notaria.—1 vez.—Nº RP2010184690.—(IN201058924).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión señor José Ángel Coto Masís, quien fue mayor, casado una vez, zapatero, vecino de
San José,
Se cita y se emplaza a todos los interesados de quien en vida fue Henry George Kelm Jr, quien fuera mayor, casado una vez, pensionado, siendo Kelm su único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, pasaporte de su país número 141641233, vecino de Quepos, Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezca ante esta notaría sita en San José, Santa Ana, Parque Empresarial Forum, edificio E, primer piso; oficinas de Álvarez Jiménez de Pass, para reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—San José, doce julio del dos mil diez.—Lic. Roberto Solano Leiva, Notario.—1 vez.—Nº RP2010184738.—(IN2010058926).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Antonio Montoya Montoya, quien fuera casado una vez, pensionado, cédula seis-cero treinta y tres-setecientos sesenta y tres, vecino de Dulce Nombre de Naranjo. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 10-000292-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 11 de junio del 2010.—Lic. Francis Porras León, Juez.—1 vez.—Nº RP2010184858.—(IN2010058927).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Faustino Zelaya Angulo, quien fuera mayor, casado una vez, agricultor, cédula cinco-cero cero setenta y dos-quinientos ochenta y seis, vecino de Barranca Puntarenas, Riojalandia ciento veinticinco metros oeste de la iglesia para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 01-2010.—Lic. Rafael Rodríguez Salazar, Notario.—1 vez.—Nº RP2010184859.—(IN2010058928).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Isabel Cristina Chaves Artavia, mayor ama de casa, casada una vez, cédula uno seiscientos treinta y nueve-ochocientos cuarenta y nueve, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 01-10. Notaría del bufete de María Cecilia Villalobos Conejo en la ciudad de San Ramón, setenta y cinco metros sur de la primera entrada de la urbanización Los Parques en esta ciudad.—San Ramón, Alajuela.—Lic. María Cecilia Villalobos Conejo, Notaria.—1 vez.—Nº RP2010184868.—(IN2010058929).
Mediante resolución firme de esta notaría de las 11:00 horas del 23 de junio del 2010, se nombró como albacea provisional al señor Edward Bryan (nombres) Rentel (apellido), nacional de los Estados Unidos de América, pasaporte de su mismo origen número 4289252, en el proceso sucesorio notarial que se tramita ante la suscrita notaria en el expediente número cero uno-dos mil ocho, a nombre de quien en vida se llamó Edward Rentel (el primero nombre y el segundo apellido), nacional de los Estados Unidos de América, pasaporte de su mismo origen número 910802043.—Lic. Grace María Sánchez Granados, Notaria.—1 vez.—RP2010184899.—(IN2010058930).
Se
cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en
la sucesión de Juan Pablo Bolaños Solís, quien en vida fuera mayor, soltero,
vecino de San Juan de
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Elizabeth Moreno Solano,
quien fuera mayor, soltera, ama de casa, vecina de Puntarenas, cédula
6-190-150, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de
dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2010.
Notaría del bufete del licenciado Ladislao Wilber
Calderón Pérez, costado norte de
Dentro del término de treinta días, se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de Rita Teresa Vargas Fernández, quien fue viuda una vez, ama de casa, vecina de el Carmen de Guadalupe, cédula 1-253-333. Para que dentro del término indicado comparezcan ante la suscrita notaría a hacer valer sus derechos y aquellos que creen tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho término la herencia pasará a quienes corresponda.—San José, 8 de julio del 2010.—Lic. María Teresa Mora Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2010185439.—(IN2010059502).
Se cita a todos los herederos e interesados en la sucesión de Oldemar Quesada Villalobos, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula número cinco-doscientos once-cero cincuenta y tres, vecino de Barrio Invu, Las Juntas de Abangares. Para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia que si no se presentan en ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente 10-100025-0403-CI. Sucesión de Oldemar Quesada Villalobos, promovido por Carmen Yadira Rojas Badilla.—Juzgado Contravencional de Abangares, 12 de mayo del 2010.—Lic. Corina Marchena Fennell, Jueza—1 vez.—RP2010185447.—(IN2010059503).
Se
hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Miguel Ángel
Aguilar Naranjo, quien fuera mayor, casado una vez, guarda de seguridad, cédula
dos-cero doscientos treinta y uno-doscientos diez. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo
aquella pasará a quien corresponda. Exp. N°
09-100012-0477-CI.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de
Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores e interesados en sucesión de Isidro Peraza Bustos, conocido como Oldemar Peraza Bustos, mayor, casado una vez, quien fue vecino de Bernabela de Santa Cruz, Guanacaste, cédula de identidad número 5-093-609. Para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación del edicto, se apersonen ante esta notaría en defensa de derechos, bajo apercibimiento de que si no lo hicieren la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente número 0001-2010. Notaría de la licenciada Gloriana Carmona Castañeda, Santa Cruz, Guanacaste, veinticinco metros al sur del Liceo Santa Cruz.—Lic. Gloriana Carmona Castañeda, Notaria.—1 vez.—RP2010185557.—(IN2010059505).
El suscrito notario con oficina en la ciudad de Grecia, treinta metros este iglesia Las Mercedes, emplazo a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Gerardo Zamora Vásquez, mayor, casado una vez, comerciante, con cédula de identidad numero nueve-cero cincuenta y uno-setecientos ochenta y tres. Para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese plazo la herencia pasará a quien corresponda.—Grecia, 10 de junio del 2010.—Lic. Jonathan Barrantes Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2010059592).
El suscrito notario hago constar que el día de hoy se presentaron a mi despacho María Isabel Torres Hidalgo, viuda una vez, ama de casa, cédula uno-doscientos ochenta y uno-seiscientos setenta y seis; Óscar Eduardo Ramírez Miranda, casado una vez, comerciante, cédula nueve-cero cuarenta y nueve-trescientos once; Mario Enrique Ramírez Corrales, casado una vez, microbiólogo, cédula uno-seiscientos dos-ochocientos ochenta; Isabel Cristina, casada una vez, ama de casa, cédula uno-seiscientos ochenta y siete-trescientos noventa y cinco; Gerardina del Socorro, soltera, ama de casa, cédula uno-seiscientos noventa-cero veinticuatro; Juan Carlos, casado una vez, carnicero, cédula uno-seiscientos veintiocho-setecientos cincuenta y ocho; Óscar Alberto, casado una vez, chofer, cédula uno-seiscientos cincuenta y tres-novecientos veintisiete y Mauricio Enrique, casado una vez, mensajero, cédula uno-ochocientos cuarenta y ocho-cero treinta y ocho, los último cinco de apellidos Ramírez Torres, y todos vecinos de Escazú, San José, me solicitaron que iniciara la tramitación extrajudicial del sucesorio del señor Óscar Ramírez Trejos, quien fue casado dos veces, comerciante, vecino de Escazú, cédula uno-ciento ochenta y seis-setecientos veinticuatro. Con base en lo anterior se cita y emplaza a los herederos e interesados en dicha sucesión para que dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación se apersonen ante la oficina del suscrito notario, situada en Escazú, doscientos setenta y cinco metros al oeste del Palacio Municipal, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo verifican la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Expediente Nº 003-2010.—Escazú, 14 de julio del 2010.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—(IN2010059619).
El suscrito notario hago constar que el día de hoy se presentaron a mi despacho la señora María Isabel Torres Hidalgo, viuda una vez, ama de casa, cédula uno-doscientos ochenta y uno-seiscientos setenta y seis y Jorge Andrés Ramírez Torres, soltero, estudiante, cédula uno-mil cuatrocientos setenta y cuatro-novecientos cincuenta, ambos vecinos de Escazú, y me solicitaron que iniciara la tramitación extrajudicial del sucesorio de la señora Ana Lorena Ramírez Torres, quien fue divorciada una vez, ama de casa, vecina de Escazú, cédula uno-ochocientos noventa y nueve-quinientos setenta. Con base en lo anterior se cita y emplaza a los herederos e interesados en dicha sucesión, para que dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación se apersonen ante la oficina del suscrito notario, situada en Escazú, doscientos setenta y cinco metros al oeste del Palacio Municipal, a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo verifican la herencia pasará a quién legalmente corresponda. Expediente número 004-2010.—Escazú, 14 de julio del 2010.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—(IN2010059620).
Se hace saber: que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de María Benilda Zeledón Araya, quien fuera mayor, casada en primeras nupcias, vecina de Sámara, Barrio El Canto de los Gavilanes, costado oeste del Hotel Las Palmeras, con cédula número 05-0136-1041. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 10-000303-0873-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Nicoya, 5 de julio del 2010.—Lic. Carlos Ruiz Rodríguez, Juez—1 vez.—(IN2010059849).
Se
hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Bernardo
Ramírez Cerdas, quien fuera mayor, casado, vecino de Paraíso de Cartago,
doscientos metros al sur de
Con
treinta días de plazo contados a partir de la fecha de la publicación de este
edicto, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados
en la sucesión de quien en vida se llamó María Cristina Fernández González,
quien era mayor, soltera, docente, vecina de Aserrí,
del puente Cañas, ciento cincuenta metros sur y ciento diez oeste, calle
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Nicomedes Jiménez Román, cédula tres-cero siete tres-cuatro ocho cero, quien fuere casado por segunda vez, vecino de Ciudad Quesada. Para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 001-2010. Notaría del Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Ciudad Quesada.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—RP2010185578.—(IN2010059899).
Se
cita y se emplaza a los interesados en la sucesión en sede notarial de Juan
Vicente Bolaños Ramírez, cédula de identidad dos-ciento cuarenta y
nueve-ochocientos ochenta y tres, mayor, casado una vez, agricultor y de
Zoraida Alvarado Vega, cédula de identidad dos-ciento setenta-doscientos
cuarenta y ocho, mayor, viuda, del hogar, ambos vecinos de Grecia, Puente de
Piedra,
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria de quien en vida fue el señor Víctor Manuel Morales Hernández, mayor, casado una vez, mecánico, vecino de Cartago, Residencial Cartago, casa número veintidós H, cédula uno-doscientos sesenta y siete-ochocientos cuarenta. Para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0004-2010. Notaría del Bufete de la licenciada Kattia Vanessa Ramos González, notaria pública directora del proceso en sede notarial.—Heredia, veinticinco de mayo del dos mil diez.—Lic. Kattia Vanessa Ramos González, Notaria.—1 vez.—RP2010185626.—(IN2010059902).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de José Albino Ramírez Vargas, quien fuera mayor, taxista, vecino de San Pablo de Heredia, cédula de identidad numero 4-088-169. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 10-001390-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 18 de junio del 2010.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—1 vez.—RP2010185627.—(IN2010059903).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Jorge Monge Solís, mayor, divorciado, agricultor, con cédula número uno-trescientos treinta y cuatro-ochocientos noventa y tres, vecino de Las Mellizas de Sabalito de Coto Brus. Para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio número 10-100021-920-CI-2 de Jorge Monge Solís, promovido por Vilma Eugenia Gutiérrez Mena.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, 5 de abril del 2010.—Lic. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—RP2010185673.—(IN2010059904).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Francisco Herrera Castillo, portador de la cédula de identidad número dos-doscientos sesenta y dos-quinientos siete, el día tres de julio de dos mil diez y comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Abelardo Herrera Rodríguez, quien al momento de su deceso era mayor, viudo de primeras nupcias, pensionado, vecino de Atenas, Alajuela, portador de la cédula de identidad número dos- cero cuarenta-ocho mil cuatrocientos sesenta y nueve. Se cita y emplaza a todos los interesados en dicha sucesión para que el término de treinta días contados a partir de la publicación de este aviso, comparezcan a hacer valer sus derechos en la oficina del suscrito notario público, sita en la ciudad de San Vito de Coto Brus, Puntarenas, altos del Edificio D’ambrossio.—San Vito de Coto Brus, Puntarenas, quince de julio del dos mil diez.—Lic. Adolfo Álvarez Medina, Notario.—1 vez.—RP2010185689.—(IN2010059905).
Se cita y emplaza a todos los interesados en las sucesiones acumuladas de Juan Mora Cerdas, mayor, costarricense, pensionado, con cédula de identidad uno-cero ciento treinta y ocho-cero ciento setenta y siete, y Lourdes Chinchilla Rojas, mayor, costarricense, con cédula de identidad número uno-cero ciento cuarenta y nueve-cero ochocientos veintitrés, mujer de su hogar, quienes fueron ambos vecinos de San Juan de Dios de Desamparados. Para que dentro del plazo treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2010. Notaría del Bufete del Licenciado Víctor Raúl Obando Mendoza.—San José, 16 de julio del 2010.—Lic. Víctor Raúl Obando Mendoza, Notario.—1 vez.—RP2010185753.—(IN2010059906).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios e interesados en la mortual de María Cascante Álvarez, quien en vida fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de la provincia de San José, cantón central, distrito Pavas, Rincón Grande, de la línea del tren, 25 metros este, y portadora de la cédula de identidad número nueve-cero trece-trescientos veinticuatro, con el fin que se apersonen dentro del plazo de treinta días a hacer valer sus derechos, y bajo el apercibimiento que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 10-000054-0223-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 1º de julio del 2010.—Lic. Gustavo Barrantes Morales, Juez—1 vez—(IN2010059952).
Se cita y emplaza a todas
las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor María Fernanda Cordero
Morera, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días
que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.
Expediente Nº 10-000487-0292-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, a las doce horas y veintiocho minutos del veintiuno de marzo de
dos mil diez.—Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez.—O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº
33543.—Exento.—(IN2010059834)..
3
v 1
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito del menor de edad José Rancel Loría Ramírez, para que se apersonen a este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles que se contarán a partir de la publicación el edicto ordenado en fecha quince de junio del año dos mil diez. Expediente Nº 10-400423-924-FA (NI. 431-10).—Juzgado de Familia del Segundo Circuito judicial de Alajuela, San Carlos.—MSc. Betty Arrieta Barrantes, Jueza.—1 vez.—(IN2010058597).
MSc. Betty Arrieta Barrantes, Jueza del Juzgado Penal
Juvenil y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a
la señora Candy Orozco Mosquera, se hace saber, que
en proceso de depósito judicial de menor, expediente número 06-400850-300-FA
(NI. 867-06), promovido por el Patronato Nacional de
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la cúratela, conforme al artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de Insania de Marta Julia Quesada Vargas. Expediente número 09-100228-642-C.I. (1) presunto insano Ana Deysi Araya Quesada. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas.—Lic. Karla Gabriela Montiel Chan, Jueza.—1 vez.—(IN2010059176).
Irma
Páez Sibaja, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Nhaguir Arroyo Sandí y Randall Fernando Zeledón, que en este
despacho se interpuso un proceso depósito judicial en su contra, bajo el
expediente número 09-002575-0364-FA donde se dictaron las resoluciones que
literalmente dicen: Juzgado de Familia de Heredia, a las once horas y cincuenta
y cuatro minutos del cuatro de enero del año dos mil diez. De las presentes
diligencias de depósito del (los) menor(es) Milena, Daniela Eugenia, Roy, María
Fernanda y Fabiola todos Zeledón Arroyo, promovidas por Patronato Nacional de
Lic.
Agustín Díaz Delgado Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial
de Alajuela; hace saber que en este despacho se interpuso un proceso insania en su contra, bajo el expediente número
08-001286-0292-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen:
Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las once horas y
uno minutos del treinta de junio de dos mil diez. Proceso insania
establecido por María Elena Alpízar Lara, mayor,
divorciada, vecina de El Roble de Alajuela, cédula de identidad número
2-301-690, a favor de su hijo Randall Alberto Calvo Alpízar,
mayor, soltero, vecino de El Roble de Alajuela, cédula de identidad número
2-0509-0409.-Resultando: 1) 2) 3) Considerando: I.—Hechos Probados. 1… 2… 3… 4…
II.—Sobre el fondo. III.—IV.—V.—Costas: Por tanto: de
conformidad con lo expuesto, artículos 99, 153, 155, 796, 797, 842, 828, y 829
del Código Procesal Civil, 466 del Código Civil, 43 de
Se
avisa que en este despacho los señores Marco Orsolini
y Patricia Basile, solicita se apruebe la adopción conjunta internacional de
las personas menores de edad Kevin Gabriel López Badilla
y Jason Eduardo Velásquez López. Se concede a todos los interesados directos el
plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán
los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la
misma. Expediente Nº 10-000288-0673-NA.—Juzgado de
La suscrita notaria hace constar que el día de hoy se presentó a mí despacho la señora Nora María Rojas Montero, mayor, soltera, pensionada, vecina de Goicoechea, El Alto de Guadalupe, Urbanización El Roblar, casa número setenta y uno, portadora de la cédula de identidad número uno-trescientos seis-doscientos sesenta y ocho, quien en calidad de apoderada generalísima sin límite de suma del señor Mateo Rutherford, mayor, ciudadano de los Estados Unidos de Norteamérica, razón por la cual usa un solo apellido, casado una vez, traductor, quien exhibe como documento de identificación el pasaporte de su país número cero-cinco-siete-tres-dos-cinco-seis-tres-cinco, cuya fecha de expedición es cinco de noviembre del dos mil tres y fecha de vencimiento cuatro de noviembre del dos mil trece, domiciliado en el mil ciento veinte de Bancroft Way, Berkeley, California, me solicita que inicie la tramitación de proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida fuera Leslie George Rutherford III, quien era mayor, ciudadano de los Estados Unidos de Norteamérica, razón por la cual registra un solo apellido, casado en terceras nupcias, militar retirado, documento del seguro social de su país número cuatro-siete-seis-catorce-seis-cuatro-tres-seis, domiciliado en su país en Shasta, California. Con base en lo anterior se cita y emplaza a los herederos e interesados en dicha sucesión para que dentro del término de treinta días naturales contados a partir de esta publicación, se apersonen ante la oficina de la suscrita notaria, situada en Goicoechea, Guadalupe centro, frente a la sucursal de Fuerza y Luz, Centro Comercial El Kiosko, segunda planta, a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo verifican, la herencia pasará a quien legalmente corresponda.— Guadalupe, 15 de julio del dos mil diez.—Lic. Lissette Susana Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2010185618.—(IN2010059901).
Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil Denis Fernando Bermúdez Cruz, mayor de edad, veintisiete años de edad, soltero, costarricense, jornalero, cedula de identidad número 2-583-175, nació el día diecisiete de abril del año mil novecientos ochenta y tres, en Upala, hijo de Claudio Bermúdez Molina, nacionalidad costarricense y de Blanca Nieves Cruz Cruz, nacionalidad costarricense, vecino del Santa Rosa de Upala, un kilometro al oeste de la escuela, casa de cemento, color blanco, mano derecha, y Xiomara Rivera Orozco, mayor, veintidós años de edad, costarricense, ama de casa, soltera, cédula de identidad número 2-923-147, nació el día veintinueve de enero del año mil novecientos ochenta y ocho, en San Carlos, Alajuela, hija de María Rivera Orozco, nacionalidad nicaragüense, vecina de Santa Rosa de Upala, un kilómetro al oeste de la escuela, casa de cemento, color blanco con las ventanas celestes. Manifiestan que están en pleno uso de sus facultades y razón, que no existe impedimento alguno, que están en libertad de estado civil, por lo que ambos en plena convicción, solicitan al Despacho que llenados los requisitos de ley se les una en matrimonio Civil. Si alguna persona tuviere conocimiento de algún impedimento legal para que este matrimonio se lleve a cabo, debe manifestarlo ante este despacho en el término de ocho días hábiles, después de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional M. Cuantía de Upala, 2 de julio del dos mil diez.—Lic. Shirley Montoya Montero, Jueza.—1 vez.—(IN2010058442).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores
Gumercindo Jiménez Barrantes, mayor, vive en unión de hecho, cédula número tres-cero
doscientos dieciséis-cero ciento setenta y uno, costarricense, de cincuenta y
tres años de edad, jornalero, nacido en cantón de Turrialba, Cartago, el nueve
de setiembre de mil novecientos cincuenta y seis, vecino de Beverly,
Han comparecido ante este despacho solicitando matrimonio Civil los señores Manuel Mendiola Mendiola y Marlyn Cristina Chavarría García, costarricenses, de cuarenta y ocho y treinta y cuatro años de edad, respectivamente y por su orden, pescador y ama de casa, soltero y soltera, nativos de Sierpe de Osa de Puntarenas y Chacarita Central Puntarenas, el cuatro de diciembre de mil novecientos sesenta y uno y el once de junio de mil novecientos setenta y cinco la segunda, respectivamente, hijos el primero de Andrea Mendiola Mendiola, la segunda hija de Paulo Antonio Chavarría Castro y María de los Ángeles García Vega, portadores de las cédulas de identidad N° 6-0165-0569 el primero la segunda con cédula N° 6-0267-0935, y vecinos de Isla Venado 700 metros al noroeste de la escuela Florida. La persona que tenga conocimiento de algún impedimento para la celebración de este matrimonio, deberá comunicarlo a este juzgado dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto. Expediente 10-100014-0435-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Jicaral, Puntarenas, 7 de junio del 2010.—Lic. Esther Orias Obando, Jueza.—1 vez.—(IN2010059845).
Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Heidy Patricia González Hidalgo, mayor, estudiante, con 19 años de edad, nacida en Heredia el día 15 de diciembre de 1990, hija de Ángela Hidalgo Solís y José Joaquín González Soto, con cédula de identidad número 4-208-729, vecina de San Francisco de San Isidro de Heredia y Luis Diego Sánchez Villalobos, mayor, soltero ayudante de operador con 21 año de edad, nacido en Heredia, el día 4 de julio de 1989, hijo de Ramón Sánchez Salas y Olga Villalobos Méndez, vecino de San Pablo de Heredia, con cédula 4-202-827. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Expediente 10-001493-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 7 de julio del 2010.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—(IN2010059852).
Ante
esta notaría, comparecieron Urania del Rosario Palacio Castillo, de
nacionalidad nicaragüense, pasaporte número C uno cuatro cero cero siete cero cuatro, de treinta y dos años de edad,
soltera, comerciante, vecina de San Pablo de Heredia, Rincón de Ricardo, ciento
cincuenta metros oeste de la iglesia, hija de Sebastián Palacio González y
Soledad Castillo Orozco y Manaces Flores Morales,
cédula de identidad seis-doscientos nueve-trescientos noventa y dos, de
cuarenta y tres años de edad, divorciado una vez, guarda de seguridad, vecino
de la misma dirección, hijo de Pastor Flores Gómez y Vitalina
Morales Concepción; y manifestaron su deseo de contraer matrimonio civil. Si
alguna persona conoce de algún impedimento legal para que dicho matrimonio se
lleve a cabo, deberá manifestarlo ante esta notaría, ubicada en San Miguel de
Santo Domingo de Heredia.. contiguo
al Restaurante
Lic. María Fernanda Quesada
Ramírez, Fiscal Auxiliar de